FALLO HISTÓRICO: LA JUSTICIA ORDENA REINSTALAR A UN DELEGADO DE UNA COOPERATIVA DE SEGURIDAD Y FORTALECE LA ACCIÓN SINDICAL DE SUTCA

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Cooperativa de Trabajo Lince Seguridad Limitada reinstalar a un trabajador que ejercía representación sindical. Para el Sindicato Unión de Trabajadores Custodios Argentinos, la resolución marca un precedente de enorme relevancia para la organización de los trabajadores que prestan servicios bajo estructuras cooperativas.
El Sindicato Unión de Trabajadores Custodios Argentinos (SUTCA) obtuvo una resolución judicial de fuerte trascendencia en uno de los sectores más controvertidos de la seguridad privada: el de las cooperativas de trabajo.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió revocar el pronunciamiento interlocutorio que había sido apelado, admitir la medida cautelar solicitada y ordenar a la Cooperativa de Trabajo Lince Seguridad Limitada que reinstale al trabajador en el puesto y en las tareas que desempeñaba, bajo las condiciones existentes con anterioridad a la negativa de tareas y a la suspensión preventiva dispuesta.

 


La resolución adquiere especial importancia para SUTCA porque el trabajador no solamente se encontraba afiliado a la organización, sino que además ejercía funciones de representación sindical, colocando en discusión la tutela y la actividad gremial dentro de una cooperativa vinculada a la seguridad privada.

UN FALLO QUE ABRE UN NUEVO ESCENARIO EN LAS COOPERATIVAS Desde el Sindicato de Custodios consideran que la decisión judicial representa mucho más que la protección individual de un trabajador.
El fallo constituye un fuerte antecedente para avanzar en la organización, afiliación y representación sindical de trabajadores que desarrollan tareas de seguridad bajo estructuras cooperativas, un ámbito donde históricamente han existido fuertes obstáculos para el ejercicio de derechos sindicales.
SUTCA viene denunciando desde hace años la utilización irregular de determinadas figuras cooperativas para desarrollar actividades que, según sostiene el gremio, presentan en los hechos características propias de verdaderas relaciones laborales.
El sindicato advierte que existen trabajadores que cumplen horarios, reciben órdenes, tienen lugares determinados de prestación y desarrollan tareas habituales de vigilancia, pero  no aparecen formalmente como asociados sino como monotributistas.
En numerosos casos denunciados por la organización, esta modalidad implica que los trabajadores carezcan de derechos laborales elementales como recibo de sueldo, aguinaldo, vacaciones pagas, cobertura de obra social y otras prestaciones propias de una relación laboral registrada.
Para SUTCA, cuando la figura cooperativa es utilizada de esa manera constituye una forma de precarización laboral encubierta y genera además una competencia desleal frente a aquellas empresas de seguridad que registran a sus trabajadores y afrontan las correspondientes cargas laborales y sociales.
SUTCA PROFUNDIZARÁ SU PRESENCIA EN EL SECTOR
A partir de esta resolución, el Sindicato de Custodios anticipó que profundizará su tarea gremial y jurídica dentro de las cooperativas de seguridad privada, promoviendo la organización de sus trabajadores y defendiendo el libre ejercicio de sus derechos sindicales.
El gremio considera que ningún trabajador debe ser condicionado, perseguido o apartado de sus tareas por decidir organizarse sindicalmente.
Por ese motivo, SUTCA convocó a los trabajadores que actualmente prestan servicios de seguridad mediante cooperativas a acercarse a la sede central y a sus distintas representaciones para recibir asesoramiento y ejercer libremente su derecho de afiliación sindical.
La organización entiende que esta resolución abre una nueva etapa: trabajadores que durante años permanecieron prácticamente por fuera de las estructuras tradicionales de representación gremial encuentran ahora un importante respaldo judicial para discutir sus condiciones laborales y ejercer actividad sindical.
EL TRABAJO CONJUNTO DE LAS ÁREAS LEGALES Y GREMIALES
Desde SUTCA destacaron además que el resultado es consecuencia de una estrategia sostenida entre sus equipos legales, gremiales y administrativos, tanto a nivel nacional como provincial.
La organización resaltó especialmente el trabajo desarrollado por el Estudio Martínez Canter y el Estudio Moyano, que vienen interviniendo conjuntamente con las estructuras gremiales del sindicato en distintas acciones destinadas a garantizar la representación y tutela de sus afiliados y delegados.
El fallo contra la Cooperativa Lince se incorpora así a una serie de acciones mediante las cuales el Sindicato de Custodios busca ampliar la protección efectiva de los trabajadores de seguridad privada, independientemente de la figura contractual utilizada para encuadrarlos.
“LOS TRABAJADORES DE LAS COOPERATIVAS TAMBIÉN TIENEN DERECHO A ORGANIZARSE”
Para SUTCA, el mensaje que deja la resolución es contundente: la utilización de una estructura cooperativa no puede convertirse en una barrera para impedir la organización sindical ni para perseguir a quienes ejercen representación gremial.
La decisión de la Cámara que ordena cautelarmente la reinstalación constituye, en ese sentido, una victoria significativa para el trabajador involucrado y para la estrategia sindical desarrollada.
El Sindicato de Custodios anticipó que este será el comienzo de una ofensiva nacional contra la precarización en las cooperativas de seguridad, con relevamientos, afiliaciones, asesoramiento y acciones legales destinadas a regularizar situaciones que considera fraudulentas.
Donde exista un trabajador de seguridad privada que necesite representación, organización y defensa de sus derechos, allí estará el Sindicato de Custodios”, es el mensaje con el que SUTCA busca abrir esta nueva etapa.
El fallo puede convertirse así en un punto de inflexión: de trabajadores aislados bajo estructuras cooperativas a trabajadores organizados, representados y con capacidad de defender colectivamente sus derechos.

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