SUTCA pone bajo la lupa a los grandes clientes de la seguridad privada: mismos servicios, diferentes salarios y empresas en crisis dentro de un mismo objetivo

El Sindicato de Custodios profundiza sus relevamientos en todo el país y comienza a trasladar sus cuestionamientos a bancos, supermercados, universidades, ferrocarriles, puertos, aeropuertos, centros logísticos y grandes establecimientos. Diferencias salariales, aportes previsionales impagos, procedimientos preventivos de crisis y desigualdades laborales ponen en debate el sistema de contratación de seguridad privada en Argentina.

 

El Sindicato de Custodios (SUTCA) comenzó a profundizar una nueva etapa de intervención gremial que ya no se limita al comportamiento de las empresas de seguridad privada, sino que incorpora directamente a los grandes clientes que contratan y administran estos servicios.

Los relevamientos desarrollados durante los últimos meses en diferentes regiones del país pusieron en evidencia, según la organización sindical, una problemática que requiere respuestas urgentes: trabajadores que realizan funciones equivalentes dentro de un mismo establecimiento, pero perciben remuneraciones diferentes y están sometidos a condiciones laborales completamente dispares.

 

La agenda nacional de relevamientos y gestiones sindicales abarca importantes establecimientos y contratantes de distintos sectores:

Entidades bancarias: Banco Galicia, BBVA, Banco Nación, Banco Provincia, Banco Ciudad, Banco Central, Santander, ICBC, Banco Macro y Banco Patagonia, entre otras entidades financieras.

Supermercados, hipermercados y mayoristas: Carrefour, Coto, Jumbo, Cencosud, Disco, Vea, Día, Vital, Makro y ChangoMás (ex Walmart), incluyendo hipermercados, depósitos y centros de distribución, como el establecimiento logístico de Moreno vinculado a la antigua operación de Walmart Argentina.

Transporte, ferrocarriles, puertos y aeropuertos: Trenes Argentinos, Trenes Argentinos Cargas, establecimientos ferroviarios, terminales y predios portuarios de Buenos Aires, Dock Sud, La Plata, Zárate-Campana, Rosario y otros puertos del país, además de Aeropuertos Argentina y distintas terminales aeroportuarias.

Universidades e instituciones educativas: Universidad de Buenos Aires (UBA), Universidad Argentina de la Empresa (UADE), Universidad Nacional de Lomas de Zamora, Universidad Nacional de San Martín, Universidad Nacional del Oeste y otras universidades públicas y privadas.

Centros comerciales, industrias y grandes operadores logísticos: Mercado Libre, Loginter, Plaza Logística, Logística TRF, Mercado Central, YPF, Edenor, AySA, Stellantis, Tandanor, IRSA, Abasto Shopping, DOT Baires Shopping y otros establecimientos industriales y comerciales.

 

Estas referencias forman parte del universo de establecimientos y contratantes que el sindicato considera relevantes para sus relevamientos, sin que su mención implique atribuir incumplimientos concretos a cada uno de ellos.

Un mismo cliente, diferentes sistemas de liquidación salarial

 

El principal cuestionamiento de SUTCA apunta a la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo 507/07 y los distintos criterios utilizados para determinar las remuneraciones.

Mientras algunas empresas utilizan el divisor convencional de 200 horas para calcular el valor horario, otras aplican parámetros de 204, 208 y hasta 216 horas. En determinadas provincias, el sindicato advierte situaciones aún más preocupantes, con liquidaciones que toman como referencia 220, 230 y hasta 240 horas.

El convenio regula una jornada ordinaria de ocho horas diarias o 48 semanales y establece expresamente el divisor de 200 horas para determinar el valor de la hora. La jornada máxima no puede confundirse automáticamente con un sistema de liquidación salarial distinto.

 

SUTCA considera que estas prácticas deben investigarse porque podrían representar mecanismos encubiertos de reducción del costo laboral y aumento de la rentabilidad empresarial.

 

El interrogante es concreto: si diferentes empresas prestan servicios equivalentes para un mismo cliente, ¿por qué existen criterios de liquidación tan diferentes y quién controla que esas diferencias no perjudiquen a los trabajadores?

 

Aportes previsionales y procedimientos preventivos de crisis: una situación alarmante

 

Otro de los cuestionamientos más graves surge del análisis de las obligaciones previsionales y de la situación económica declarada por las contratistas.

Según los relevamientos sindicales, existen establecimientos donde conviven empresas que cumplen regularmente con sus aportes y contribuciones a la seguridad social con otras que presentan incumplimientos o irregularidades que requieren verificación.

Pero aparece una situación todavía más preocupante: dentro de un mismo objetivo pueden prestar servicios empresas que atraviesan procedimientos preventivos de crisis, mientras otras contratistas que operan para el mismo cliente no presentan esa situación.

Para SUTCA, esto abre un interrogante fundamental: ¿cómo puede una empresa justificar una situación de crisis económica mientras continúa prestando servicios para un gran cliente que mantiene sus necesidades operativas y sus contrataciones de seguridad?

El sindicato sostiene que corresponde analizar las condiciones comerciales, los costos declarados, los salarios efectivamente abonados, las cargas sociales y la documentación que fundamenta cada procedimiento preventivo de crisis.

La existencia de un procedimiento preventivo de crisis no implica por sí misma una irregularidad, pero tampoco puede convertirse en una justificación automática para reducir derechos o desconocer obligaciones laborales.

 

Viáticos, aguinaldos, adicionales y condiciones de trabajo

 

A estas situaciones se suman las diferencias en la aplicación de los viáticos por jornadas efectivamente trabajadas, especialmente después de las últimas modificaciones paritarias.

SUTCA cuestiona que trabajadores que cumplen sus diagramas habituales bajo sistemas de francos 4×2 o 4×3 sufran reducciones de ingresos por no alcanzar determinada cantidad mensual de guardias, mientras otros trabajadores, bajo diferentes empleadores, reciben un tratamiento distinto.

También se investigan liquidaciones del aguinaldo, el elevado porcentaje de conceptos no remunerativos, el aporte del 2% incorporado en la última paritaria, descuentos desproporcionados por llegadas tarde, suspensiones arbitrarias y exigencias diferentes para justificar enfermedades o presentar certificados médicos.

La organización advierte, además, sobre trabajadores obligados a realizar tareas ajenas a la seguridad privada y sobre funciones especializadas que reciben adicionales en determinadas contratistas, pero no en otras que desarrollan actividades equivalentes dentro del mismo establecimiento.

 

Los grandes clientes también deben asumir responsabilidades

 

SUTCA considera que los grandes contratantes no pueden desentenderse de las condiciones en las que prestan servicios los trabajadores de seguridad dentro de sus instalaciones.

Si un banco, supermercado, universidad, puerto, aeropuerto o centro logístico contrata varias empresas de seguridad, debe poder explicar qué controles aplica para verificar las condiciones de contratación, las liquidaciones salariales, el cumplimiento previsional y la situación laboral de cada prestadora.

La organización impulsará reuniones y presentaciones de informes técnicos ante distintos contratantes, promoviendo el análisis de diagramas horarios, recibos de haberes, declaraciones F.931, constancias de pago de aportes y contribuciones, cobertura de riesgos del trabajo y, cuando corresponda, documentación vinculada a procedimientos preventivos de crisis.

El objetivo es identificar desigualdades injustificadas, exigir controles efectivos y determinar las responsabilidades que correspondan conforme a la legislación vigente.

SUTCA marca una posición nacional: igual tarea, igual remuneración e iguales condiciones laborales

 

El Sindicato de Custodios anticipó que profundizará sus relevamientos en diferentes provincias, localidades y establecimientos estratégicos, cuestionando un sistema de contratación que, a criterio de la organización, permite en numerosos casos una competencia empresarial basada en el deterioro de las condiciones laborales.

“No podemos aceptar que dentro de un mismo banco, supermercado, universidad, centro logístico, puerto o aeropuerto existan trabajadores de primera y de segunda. La seguridad privada no puede ser una actividad donde las empresas compitan sobre la base de pagar menos salarios, desconocer aportes previsionales o reducir derechos laborales”.

 

Desde SUTCA remarcan que la igualdad de remuneraciones debe analizarse frente a tareas, responsabilidades, jornadas y condiciones equivalentes, sin perjuicio de las diferencias objetivamente justificadas.

“Los grandes clientes tienen que entender que contratar seguridad privada no significa desentenderse de los trabajadores. Vamos a exigir transparencia en las contrataciones y controles serios sobre las prestadoras. No puede haber rentabilidad empresarial construida sobre la precarización laboral”.

 

La organización sindical adelantó que esta nueva etapa estará orientada a establecer criterios de igualdad salarial, correcta categorización, reconocimiento de funciones especializadas, cumplimiento previsional y condiciones laborales dignas.

Para SUTCA, el debate sobre el futuro de la seguridad privada ya no puede limitarse a las empresas prestadoras: también debe involucrar a quienes contratan, administran y se benefician diariamente de esos servicios.

 

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